Micelio

Artículo 28

Funciones Del Superintendente

Decreto 2974 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Fomento y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Superintendente. El Superintendente de Industria y Comercio será agente directo del Presidente de la República, de libre nombramiento y remoción de éste y tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir las labores de la Superintendencia, conforme a las políticas que trace el Ministerio de Desarrollo Económico;

b)

Velar por el cumplimiento de las decisiones de la Superintendencia;

c)

Nombrar y remover el personal de la misma de acuerdo con las normas vigentes. Las resoluciones sobre el particular deberán ser aprobadas por el Ministro de Desarrollo Económico;

d)

Dictar el reglamento de trabajo de la Superintendencia;

e)

Elaborar el proyecto de presupuesto de la entidad y someterlo a consideración del Ministro de Desarrollo Económico;

f)

Ordenar el reconocimiento y pago de las cuentas a cargo de la Superintendencia;

g)

Servir de segunda instancia en todos los asuntos tramitados por el organismo a su cargo. En consecuencia, las providencias relativas a las funciones de vigilancia asignadas a la Superintendencia deberán ser expedidas en primera instancia por los respectivos Jefes de División;

h)

Pronunciarse en segunda instancia respecto a las licencias administrativas expedidas por los Gobernadores y el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá en relación con las solicitudes de entrega de inmuebles dados en arrendamiento, e

i)

Las demás que le señale la Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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