Micelio

Artículo 68

Queda Facultado El Gobierno Para Exonerar De Impuestos De Importación De

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda facultado el Gobierno para exonerar de impuestos de importación de

a)

Enseres de refrigeración, destinados al transporte, conservación y almacenamiento de pescado, exclusivamente;

b)

Embarcaciones, arte y redes; equipos electrónicos y de navegación necesarios para la explotación pesquera;

c)

Maquinarias y demás enseres necesarios para la investigación o para la industria pesquera de transformación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 376 de 1957