Micelio

Artículo 1

Decreto 420 de 1994 · por el cual se modifica el artículo 1o. del Decreto 1357 de Agosto de 1992 que modifica parcialmente el Decreto 2687 de 1991

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modifícase el artículo 1o. del Decreto 1357 del 18 de agosto de 1992, que modifica el artículo 3o. del Decreto 2687 de 1991, el cual quedará así: Se podrá disponer de mercancías que se encuentren en las situaciones descritas en el inciso 1o. del artículo 1o. del Decreto 2687 de 1991, mediante la enajenación, donación, asignación al servicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o destrucción, según el caso y de la entrega en custodia, comodato o arrendamiento, previa constitución de garantía, cuando se trate de medios de transporte aéreo, marítimo o fluvial, o de sus partes.

Parágrafo

La donación y la celebración de los contratos de comodato y arrendamiento de que trata el presente artículo se realizará con entidades de derecho público. Con entidades de derecho privado que presten servicio público solo se podrán celebrar contratos de arrendamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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