En los procesos penales y de lo contencioso administrativo en que se encuentren vencidos los términos o éstos se venzan durante la vigencia de la presente ley para rendir concepto, los Fiscales y demás funcionarios del Ministerio Público, el expediente será solicitado por el Juez o Tribunal inmediatamente, el cual tendrá que ser devuelto en el término de la distancia y la actuación continuará sin necesidad de dicho concepto.
Ley 22 de 1980 →Vigente
Artículo 7
Ley 22 de 1980 · Por la cual se dictan disposiciones tendientes a normalizar la pronta y eficaz administración de justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.