Micelio

Artículo 4

Dirección De La Liquidación

Decreto 2365 de 2015 · por el cual se suprime el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Dirección de la liquidación . La dirección del proceso de liquidación del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), en Liquidación, estará a cargo de un liquidador, designado por el Presidente de la República, el cual deberá reunir las mismas calidades exigidas para ocupar el cargo el Director General del Instituto, devengará su remuneración y estará sujeto al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, responsabilidades y demás disposiciones previstas en la normativa vigente.

Parágrafo

El cargo de Director General del Incoder quedará suprimido con la expedición del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2365 de 2015