°. Dirección de la liquidación . La dirección del proceso de liquidación del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), en Liquidación, estará a cargo de un liquidador, designado por el Presidente de la República, el cual deberá reunir las mismas calidades exigidas para ocupar el cargo el Director General del Instituto, devengará su remuneración y estará sujeto al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, responsabilidades y demás disposiciones previstas en la normativa vigente.
El cargo de Director General del Incoder quedará suprimido con la expedición del presente decreto.