Micelio

Artículo 15

Emplazamiento

Decreto 254 de 2004 · por el cual se ordena la supresión, disolución y liquidación de la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda., Empresa Industrial y Comercial del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Emplazamiento . Dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que se inicie el proceso de liquidación, se emplazará a quienes tengan reclamaciones contra Minercol Ltda. y, a quienes tengan en su poder a cualquier título activos de la entidad, para los fines de su devolución y cancelación. Para tal efecto se publicarán avisos en la misma forma y con el mismo contenido, en lo pertinente, previsto por las normas que rigen la toma de posesión de entidades financieras.

Parágrafo 1

En los procesos jurisdiccionales que al momento de decretarse la liquidación de la Entidad se encontraren en curso y, dentro de los cuales se hubieren practicado medidas cautelares sobre los bienes de Minercol Ltda. en Liquidación, el o los actuantes deberán constituirse como acreedores de la masa de la liquidación cuando la medida haya sido levantada de acuerdo con lo dispuesto en el presente Decreto.

Parágrafo 2

El emplazamiento para aquellos que tengan acreencias laborales de cualquier índole contra Minercol Ltda. en Liquidación se regirá por lo establecido en el artículo 22 de la Ley 819 de 2003.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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