Artículo primero Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de administración, auxilios y otros CAPITULO 40. Aportes, participaciones e indemnizaciones 1 Del artículo 463. Para el pago de bonificaciones pendientes para impedir el alza del el-oil y demás productos similares, al tenor de lo dispuesto por el Decreto-ley número 1988 de 1951, y Decreto reglamentario número 2961 del mismo en año $589.849.30 Suman los Contracréditos $589.849.30 CAPITULO 40 Aportes, participaciones e indemnizaciones. B211, Al artículo 447. Para pagar a los Departamentos de Bolívar y Córdoba y sus Municipios, la participación qué les corresponde sobre los recluidos efectuados por concepto de impuesto sobre la renta y complementarios, recaudos en el año de 1954, de acuerdo con las Leves 78 de 1930, 81 de 1931, 78 de 1.935 y 9ª de 1951 $589.849.30
Decreto 2078 de 1955 →Vigente
Artículo 463
Para El Pago De Bonificaciones Pendientes Para Impedir El Alza Del El-Oil Y Demás Productos Similares, Al Tenor De Lo Dispuesto Por El Decreto-Ley Número 1988 De 1951, Y Decreto Reglamentario Número 2961 Del Mismo En Año $589
Decreto 2078 de 1955 · Por el cual se hacen unas irasiaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.