Micelio

Artículo 7

Ley 50 de 1984 · Por la cual se dictan normas para proveer al financiamiento del Presupuesto Público, al fortalecimiento de los Fiscos Municipales, se conceden unas facultades, se hace una cesión y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1°. de enero de 1985, increméntanse en un cincuenta por ciento (50%) las tarifas del impuesto de timbre de que tratan los artículos 14 de la Ley 2ª. de 1976 y 55 de la Ley 9ª. de 1983. Los valores que hubieren sido ajustados de conformidad con el Decreto 3579 de 1983, se incrementarán tomando como base el valor establecido en dicho Decreto. Las fracciones de peso que resulten de la aplicación del presente artículo, se despreciarán si fueren inferiores a cincuenta centavos ($ 0.50) y se aproximarán al peso si fueren iguales o superiores a dicha suma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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