Micelio

Artículo 20

Decreto 1982 de 1997 · Por el cual se establece la reglamentación para la liquidación del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inventario de hojas de vida de pensionados. Con el fin de dar cumplimiento al artículo 7 del Decreto 1689 de 1997, el Liquidador del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, en liquidación, deberá presentar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, antes del 31 de octubre de 1998 las hojas de vida de los pensionados mediante un archivo físico y microfilmado de acuerdo con las técnicas de archivo existentes para tal efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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