º. Un comité integrado por el Director del Observatorio Astronómico Nacional, por el Jefe del Estado Mayor del Ejército y por el Jefe de la Sección de Meteorología, se reunirá periódicamente en el Ministerio de Industrias a fin de acordar los medios más adecuados para el desarrollo de los estudios corográficos y geofísicos de la República.
Artículo 4
Un Comité Integrado Por El Director Del Observatorio Astronómico Nacional, Por El Jefe Del Estado Mayor Del Ejército Y Por El Jefe De La Sección De Meteorología, Se Reunirá Periódicamente En El Ministerio De Industrias A Fin De Acordar Los Medios Más Adecuados Para El Desarrollo De Los Estudios Corográficos Y Geofísicos De La República
Decreto 575 de 1931 · POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTICULO 1° DEL DECRETO NUMERO 455 DEL 5 DE ABRIL DE 1921 Y SE DICTAN DISPOSICIONES TENDIENTES A UNIFICAR LA DIRECCION DEL SERVICIO METEOROLOGICO DEL PAIS
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.