Micelio

Artículo 10

Obligación Especial Para Agentes Del Mercado Financiero Y De Valores

Decreto 1182 de 2000 · por el cual se reglamentan los artículos 64, 65 y 66 del Decreto 266 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligación especial para agentes del mercado financiero y de valores . Los intermediarios del mercado público de valores y las sociedades de servicios financieros, deberán instruir adecuadamente a sus administradores y funcionarios sobre el régimen jurídico especial aplicable a los organismos públicos que participan en dicho mercado y en operaciones fiduciarias. En especial, se instruirá respecto del régimen previsto en el presente decreto o en las normas que lo modifiquen o sustituyan, sobre las directrices que imparta la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en desarrollo de lo previsto en los artículos 64 y 65 del Decreto 266 de 2000, así como de las regulaciones específicas que en cumplimiento de las normas anteriormente mencionadas expida cada organismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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