Responsabilidades del receptor. De conformidad con las responsabilidades establecidas en la ley, el receptor será responsable, entre otros, de
El manejo ambientalmente racional y seguro de los desechos o residuos peligrosos incluidos los plaguicidas en desuso, mientras no se haya efectuado y comprobado la disposición final de estos. Esta responsabilidad incluye el monitoreo, el diagnóstico y remediación del suelo, de las aguas superficiales y subterráneas en caso de que se presente contaminación por estos residuos o desechos;
De la obtención de la respectiva licencia ambiental por parte de la autoridad ambiental competente de acuerdo con lo establecido por el Decreto 1180 de 2003 o las normas que la modifiquen o sustituyan. CAPITULO III De la prevención de existencias de desechos o residuos peligrosos provenientes de plaguicidas