°. De acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 1° del Decreto número 1951 de 1927, las materias que constituyen el programa de bachillerato ordinario, corresponderán a los cuatro primeros años de estudio, y los tres años siguientes se destinarán a preparar a los alumnos que hayan de ingresar en la Universidad completando el bachillerato con los cursos de Filosofía y Latín, y además a profundizar las materias del mismo bachillerato especializando a los alumnos de acuerdo con la facultad universitaria en donde deban ingresar, así: Facultad de Medicina Filosofía (Psicología), Latín, Química, Física, Botánica, Castellano, Francés, Inglés y Dibujo. Facultad de Derecho Filosofía (Etica, Sociología, Psicología), Latín, Francés, Inglés, Castellano (Literatura). Facultad de Ingeniería Filosofía, Matemáticas (Aritmética, Algebra, Trigonometría, Geometría plana, del espacio y descriptiva), Dibujo, Física, Química (Minerología, Geología), Cosmografía, Castellano, Física, Francés e Inglés.
Artículo 2
De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Inciso A) Del Artículo 1° Del Decreto Número 1951 De 1927, Las Materias Que Constituyen El Programa De Bachillerato Ordinario, Corresponderán A Los Cuatro Primeros Años De Estudio, Y Los Tres Años Siguientes Se Destinarán A Preparar A Los Alumnos Que Hayan De Ingresar En La Universidad Completando El Bachillerato Con Los Cursos De Filosofía Y Latín, Y Además A Profundizar Las Materias Del Mismo Bachillerato Especializando A Los Alumnos De Acuerdo Con La Facultad Universitaria En Donde Deban Ingresar, Así: Facultad De Medicina Filosofía (Psicología), Latín, Química, Física, Botánica, Castellano, Francés, Inglés Y Dibujo
Decreto 57 de 1928 · Por el cual se reglamenta la enseñanza secundaria
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.