°. Infraestructura . Para los efectos de este Decreto Ley, se entenderá que hace parte de la infraestructura de Interés Cultural Hospital San Juan de Dios y el Instituto Materno Infantil, además de los inmuebles donde estos se ubican, el patrimonio cultural mueble representativo que pertenecía a los extintos Hospital San Juan de Dios y el Instituto Materno Infantil y a la Fundación San Juan de Dios, definidos en el inventario consolidado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes con base en los respectivos inventarios y actas de entrega elaborados por el liquidador de la entidad, y los realizados por otras autoridades competentes y el Plan Especial de manejo y protección (PEMP).
La infraestructura de que trata el presente artículo incluye las obras que dan un soporte funcional y estético a los Bienes de Interés Cultural ubicados en la delimitación contenida en el Plan Especial de Manejo y Protección, el conjunto de bienes tangibles, intangibles y aquellos que se encuentren relacionados con su recuperación y puesta en funcionamiento, los cuales se organizan de manera estable para permitir la prestación de los servicios de salud y educación y propenden por mejorar la calidad de la vida de los ciudadanos y ciudadanas.