Requisitos generales. Podrán participar en el concurso para el ingreso a la Carrera Notarial los ciudadanos que reúnan y acrediten, en la fecha de la inscripción las condiciones generales descritas en el artículo 132 del Decreto-ley 960 de 1970, y los requisitos a que se refieren los artículos 153, 154 y 155 del mismo decreto según la categoría de notaría a que aspire.
No podrán participar quienes se encuentren dentro de las causales de impedimento previstas en los artículos 133, 135, 136 y 137 del Decreto Ley 960 de 1970.
(Decreto 3454 de 2006, artículo 1°)