Micelio

Artículo 1

Que A Partir De La Fecha Para Ingresar Al Programa Glorias Del Deporte, Se Debe Seguir El Siguiente Procedimiento: 1

Decreto 448 de 2012 · por el cual se reglamenta el artículo 5° de la Ley 1389 de junio 18 de 2010

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Que a partir de la fecha para ingresar al programa Glorias del Deporte, se debe seguir el siguiente procedimiento

1.

Cumplir con los requisitos para obtener el estímulo de conformidad con el artículo 2° del Decreto 1083 del 15 de abril de 1997, exceptuando lo referente a la declaración extrajuicio prohibida por el Decreto-ley 19 de 10 de enero de 2012, artículo 7°.

2.

Aceptar la realización de estudios socioeconómicos que avalen su ingreso y permanencia en el programa y permitan contar con un perfil detallado como miembro del mismo, estudio socioeconómico que estará a cargo de la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 448 de 2012