Micelio

Artículo 56

Autorizaciones A La Unidad De Búsqueda De Personas Dadas Por Desaparecidas

Ley 1922 de 2018 · Por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud de la UBPD incluirá la informa­ción legalmente obtenida que acredite la existencia de motivos razo­nablemente fundados sobre la procedencia del acceso a y/o protección del lugar donde se tenga conocimiento de la presunta ubicación de una persona dada por desaparecida, viva o muerta.

La Sección de Revisión podrá solicitar información adicional a la aportada y decidirá en un término no superior a tres (3) días contados a partir de la solicitud. Este trámite tendrá carácter reservado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1922 de 2018