Documentación de análisis . La documentación generada por los procedimientos analíticos realizados a las muestras debe guardarse por lo menos cinco (5) años, en medios e impresos electrónicos. CAPITULO III Notificación y expedición de los resultados
Decreto 875 de 2005 →Vigente
Artículo 33
Decreto 875 de 2005 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 36 de la Ley 845 de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.