Transcurridos cinco años después de la sanción de la presente Ley, la participación de los Departamentos en el impuesto de consumo de las cervezas será del 75 por 100 del total de lo recaudado en ellos, y de esa participación tendrá derecho sus respectivos Municipios al 50 por 100.
Ley 88 de 1928 →Vigente
Artículo 7
Ley 88 de 1928 · Por la cual se adiciona y complementa la 88 de 1923, sobre lucha antialcohólica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.