ARTICULO 4.3.1.5.- OFICINA JURIDICA. A la Oficina Jurídica le corresponde desarrollar las siguientes funciones
Asesorar al Superintendente de Valores, a los Superintendentes Delegados y al Secretario General, en los asuntos jurídicos de competencia de la Superintendencia de Valores;
Absolver las consultas que, en materia jurídica, formulen el público en general y las entidades vigiladas, dentro de la competencia de la Superintendencia de Valores;
Recopilar las leyes, decretos y demás normas que se relacionen con el mercado público de valores, con el fin de promover su divulgación;
Preparar las publicaciones de carácter jurídico de la Superintendencia de Valores;
Atender y controlar el trámite de todos los procesos en que tenga interés la Superintendencia de Valores y mantener informado al Superintendente sobre el desarrollo de los mismos;
Prestar asistencia jurídica y legalmente adecuada a los funcionarios de la Superintendencia de Valores que lo soliciten, cuando debido al cumplimiento de sus funciones y siempre que no se trate de actuaciones de índole disciplinario, tengan que comparecer ante autoridades jurisdiccionales;
Coordinar, controlar y evaluar los procesos administrativos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios o exfuncionarios de la Superintendencia;
Las demás que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.