Micelio

Artículo 4

Decreto 709 de 1976 · Por el cual se adiciona el Decreto número 698 de 9 de abril de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Los Delegados a que se refiere el Decreto 698 de 9 de abril del presente año y los que se lleguen a designar con posterioridad, tendrán derecho a pasajes y a viáticos por cinco (5) días a razón de quinientos pesos ($ 500.00) moneda corriente, diarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 709 de 1976