Micelio

Artículo 3

Decreto 2067 de 1982 · Por el cual se crea la Comisión Nacional de Investigación Agropecuaria, Forestal y Pesquera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Comisión Nacional de Investigación Agropecuaria, Forestal y Pesquera podrá crear Comités de Trabajo integrados por miembros de las diferentes entidades públicas y privadas que hacen parte de su seno, quienes se encargará de la preparación y elaboración de trabajos específicos, especialmente destinados a la formulación del Plan Nacional de Investigación Agropecuaria.

Parágrafo

El Presidente de la Comisión podrá invitar y las reuniones de ésta a funcionarios de organizaciones nacionales e internacionales, lo mismo que a técnicos o representantes de agremiaciones o asociaciones del sector privado que crea conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2067 de 1982