Micelio

Artículo 5

El Arancel Establecido En Los Artículos 3° Y 4° Del Presente Decreto, Regirá A Partir De La Publicación De Este Decreto Y Hasta El 31 De Diciembre De 2010

Decreto 2498 de 2010 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se hace una inclusión en la lista de bienes de capital definida en el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El arancel establecido en los artículos 3° y 4° del presente Decreto, regirá a partir de la publicación de este decreto y hasta el 31 de diciembre de 2010. Vencido este término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 4589 de 2006.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2498 de 2010