Son funciones de la Sección de Relaciones Generales de Trabajo:
a) Preparar normas para la solución, por vía conciliatoria., de los conflictos de carácter individual suscritos entre empleadores y trabajadores en los sectores industrial, comercial y de servicios;
b) Preparar proyectos de material instructivo sobre temas aborales propios de la Sección;
c) Despachar los asuntos que los empleadores y trabajadores le sometan, en cumplimiento de disposiciones legales en materias industriales, comerciales y de servicios, y
d) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales reinadoras del derecho individual de trabajo, estudiar los problemas y necesidades que resulten de su aplicación en los sectores industrial, comercial y de servicios, y proponer las enmiendas pertinentes.