Micelio

Artículo 9

Para Los Efectos Del Numeral 6º Del Artículo Anterior, El Almacenista-Tenedor De Libros Hará Las Veces Del Habilitado

Decreto 67 de 1898 · Por el cual se reorganiza la Imprenta Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos del numeral 6º del artículo anterior, el Almacenista-Tenedor de libros hará las veces del Habilitado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 67 de 1898