Micelio

Artículo 14

Integracion Del Tribunal

Decreto 2288 de 1989 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 14º. INTEGRACION DEL TRIBUNAL. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca estará integrado por veintiocho (28) Magistrados. El Tribunal ejercerá sus funciones por medio de Salas, Secciones y Subsecciones, integradas así: Sala Plena, por todos sus miembros; Sala de Gobierno, por el Presidente y Vicepresidente de la Corporación y los Presidentes de las Secciones; Secciones Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Subsecciones A, B y C, de la Sección Segunda; y las Salas Disciplinarias, por tres (3) Magistrados de diferentes Secciones.

Parágrafo

Los veintiocho (28) Magistrados corresponden a los dieciocho (18) existentes con anterioridad a la expedición de este Decreto, los ocho (8) que se crean en el artículo 21 y los dos (2) de que trata el artículo 35 de la Ley 30 de 1988.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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