°. Para regular el mercado exterior de productos agropecuarios, el Ministerio podrá integrar comisiones con distinción primordial de recomendar la política de precios, establecer normas sobre calidad de los productos.
Cada comisión de mercado exterior tendrá Director Ejecutivo y estará integrada por el Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidirá, por los demás miembros que se señalen en el correspondiente acto constitutivo, en el cual se dará representación a los gremios de producción.
Las decisiones de las comisiones de mercado exterior requerirán para su validez, el voto favorable del Ministro de Agricultura o su delegado.
s 1 y 2. ) Sentencia de la Corte Suprema de Justicia Sentencia 1747 de 1986