Micelio

Artículo 42

De La Oficina Jurídica

Decreto 2335 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica las siguientes

a)

Asesorar en materia jurídica al Ministro de Defensa y al Secretario General del Ministerio y asistirlos en la elaboración, suscripción, emisión e interpretación de documentos y normas inherentes al Ministerio;

b)

Suministrar al Ministerio Público en los juicios en que sea parte la Nación todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del Gobierno, e informar al Ministro y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República del curso de dichos juicios;

c)

Revisar y conceptuar sobre los aspectos que en materia contractual se ventilen en el Ministerio;

d)

Coordinar con los diferentes organismos públicos y privados los aspectos jurídicos del Ministerio; c) Codificar y mantener actualizadas las normas legales relacionadas con el Ministerio; f) Las demás que le asignen los reglamentos. (Modificado según Art 1 decreto 2218 de 1984)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2335 de 1971