º La Comisión creada por el artículo anterior, durará, en sus funciones por el término de dos me-meses, contados a partir de la iniciación de sus labores.
Decreto 2741 de 1956 →Vigente
Artículo 2
La Comisión Creada Por El Artículo Anterior, Durará, En Sus Funciones Por El Término De Dos Me-Meses, Contados A Partir De La Iniciación De Sus Labores
Decreto 2741 de 1956 · por el cual se crea la Comision Revisora del Arancel Aduanero y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.