°. Sustituir el Capítulo 1 del Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, el cual quedará así: “CAPÍTULO 1 Porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2016 Artículo 2.2.10.1.1. Reajuste de avalúos catastrales para predios urbanos . Los avalúos catastrales de los predios urbanos no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2015 y anteriores, se reajustarán a partir del 1º de enero de 2016 en tres punto cero por ciento (3,0%). Artículo 2.2.10.1.2. Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales . Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1º de enero de 2015 y anteriores, se reajustarán a partir del 1º de enero de 2016 en tres punto cero por ciento (3,0%). Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2015 . Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2015 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2016, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.
Decreto 2558 de 2015 →Vigente
Artículo 1
Sustituir El Capítulo 1 Del Título 10 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Número 1082 De 2015, El Cual Quedará Así: “capítulo 1 Porcentajes De Incremento De Los Avalúos Catastrales Para La Vigencia De 2016 Artículo 2
Decreto 2558 de 2015 · por el cual se modifica el Decreto número 1082 de 2015, con el propósito de determinar los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2016.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.