º Para que los exportadores puedan hacer uso del sistema de "Reposición" previsto en el artículo 179 del Decreto-ley 444 de 1967, deben demostrar no haber recibido Certificadas de Abono Tributario sobre el valor de la materia prima importada que se proyecta sustituir, a más de cumplir el requisito señalado en el Decreto 741 de 1974.
Decreto 2086 de 1974 →Vigente
Artículo 3
Para Que Los Exportadores Puedan Hacer Uso Del Sistema De "reposición" Previsto En El Artículo 179 Del Decreto-Ley 444 De 1967, Deben Demostrar No Haber Recibido Certificadas De Abono Tributario Sobre El Valor De La Materia Prima Importada Que Se Proyecta Sustituir, A Más De Cumplir El Requisito Señalado En El Decreto 741 De 1974
Decreto 2086 de 1974 · Por el cual se modifica el Decreto 1996 de 1973, y se reglamenta el artículo 179 del Decreto-ley 444 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.