Artículo segundo. Para la dirección, administración, vigilancia y demás servicios de la Alcaidía de Menores de Bogotá, a que se refiere este Decreto, créanse los siguientes cargos, con las signaciones que a continuación se expresan: Un Director con sueldo mensual de $ 400.00 Un Secretario con sueldo mensual de 200.00 Una Asistenta Social con sueldo mensual de 180.00 Dos Inspectores, cada uno con sueldo mensual de 180.00 Ocho Vigilantes, cada uno con sueldo mensual de 120.00 Un Ecónomo con sueldo mensual de 200.00 Dos Celadoras, cada una con sueldo mensual de 100.00 Un Cocinero con sueldo mensual de 80.00 Una Lavandera con sueldo mensual de 80.00
Decreto 2803 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2803 de 1953 · Por el cual se provee a la fundación de una Alcaidía de Menores en la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.