° . Apruébase el Acuerdo número 0001 de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejército, por el cual se adiciona la estructura orgánica del Fondo Rotatorio del Ejército y se modifica la integración de su Junta de Licitaciones y Adquisiciones y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 0001 DE 1986 (enero 15) por el cual se adiciona la estructura orgánica del Fondo Rotatorio del Ejército y se modifica la integración de su Junta de Licitaciones y Adquisiciones. La Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejército, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y oído el concepto favorable de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, ACUERDA: Artículo 1° Adicionar el artículo primero del Acuerdo 025 de 1981, para lo cual se crean las Seccionales de Puerto Berrío y Florencia. Artículo 2° Son funciones de la Seccional de Puerto Berrío, las siguientes
Desarrollar en coordinación con el Comando de la Décima Cuarta Brigada, los programas de abastecimiento y bienestar social para el personal de la misma.
Efectuar el proceso de compra, almacenamiento y venta de víveres, papelería, mercancías y servicios, con destino al almacén de la Seccional y a las unidades tácticas del Ejército Nacional, correspondientes a la Décima Cuarta Brigada.
Prestar el servicio de supermercado al personal civil y militar de la Fuerza, así como de la Seccional.
Rendir informes a la Dirección General sobre las actividades de la Seccional y los especiales que le sean solicitados.
Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Seccional. Artículo 3° Son funciones de la Seccional de Florencia, las siguientes: 1. Desarrollar en coordinación con el Comando de la Décima Segunda Brigada, los programas de abastecimiento y bienestar social para el personal de la misma. 2. Efectuar el proceso de compra, almacenamiento y venta de víveres, papelería, mercancías y servicios con destino al almacén de la Seccional y a las unidades tácticas del Ejército Nacional correspondientes a la Décima Segunda Brigada. 3. Elaborar y ejecutar los programas de explotación ganadera y agrícola de la hacienda a cargo de la Seccional. 4. Prestar el servicio de supermercado al personal civil y militar de la Fuerza, así como de la Seccional. 5. Rendir informes a la Dirección General sobre las actividades de la Seccional y los especiales que le sean solicitados.
Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Seccional. Artículo 4° Modificar la integración de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones establecida en el artículo vigésimo sexto del Acuerdo 025 de 1981, así: La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por
El Subdirector General, quien la presidirá.
El Jefe de la División Operativa.
El Jefe de la División Financiera.
El Jefe de la División de Contratos e Importaciones.
Un delegado del Comando del Ejército.
Actuará como Secretario de la Junta, el funcionario que la misma determine.
La Junta de Licitaciones y Adquisiciones podrá invitar a sus sesiones a aquellos funcionarios del Fondo o personas que se requieran, de acuerdo con el asunto a tratar, los cuales asistirán con derecho a voz, pero sin voto. Artículo 5° Modificar el artículo vigésimo séptimo del Acuerdo 025 de 1981, el cual quedará así: La Junta de Licitaciones y Adquisiciones tendrá además de las funciones que le señalan las disposiciones legales y reglamentarias, las siguientes
Asesorar a la Dirección General en todo lo relacionado con la política de compras y adquisiciones del Fondo.
Analizar las propuestas que en desarrollo de licitaciones o contrataciones directas se presenten al Fondo, desde el punto de vista de calidad, precio y utilización y conceptuar a la Dirección General sobre las mejores. Artículo 6° El presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la publicación del Decreto respectivo. Presidente Junta Directiva ... Secretario Junta Directiva ....