° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de doscientas cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) moneda corriente, que serán girados al Tesorero Departamental del Chocó para que el Gobernador de dicho Departamento, con la asesoría de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y mediante el lleno de todos los requisitos fiscales, adquiera los terrenos técnicamente más apropiados para trasladar la cabecera municipal de San José del Palmar a sitio que ofrezca seguridad para sus habitantes, y en donde la Caja Agraria pueda llevar a cabo su ofrecido programa de vivienda concentrada, y los beneficiarios logren establecer adecuadamente sus explotaciones agropecuarias .
Decreto 1337 de 1970 →Vigente
Artículo 1
De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Doscientas Cincuenta Mil Pesos ($ 250
Decreto 1337 de 1970 · Por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calamidades públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.