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Artículo 3

El Periodo Fiscal Del Presupuesto Del Fondo Vial Nacional Será De Un Año, Comprendido Entre 1º De Enero Y El 31 De Diciembre

Decreto 52 de 1968 · Sobre presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1968

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El periodo fiscal del presupuesto del Fondo Vial Nacional será de un año, comprendido entre 1º de enero y el 31 de diciembre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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