Ley 165 de 1961 · por la cual se fomenta el cultivo de la guayaba y su industrialización.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Destinase la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00), para el fomento del cultivo de la guayaba y de su industrialización.
Esta suma será apropiada en los presupuestos de la Nación a partir del año de mil novecientos sesenta y dos (1962) en adelante. En el caso de que así no se hiciere, el gobie4rno quedara facultado para abrir los créditos que sean necesarios o hacer los traslados dentro del Ministerio de Agricultura.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.