Cuotas partes pensionales . Las cuotas partes pensionales serán reconocidas, pagadas y cobradas, por la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, de conformidad con la normatividad vigente. Los recursos obtenidos por el cobro de cuotas partes se destinarán para la financiación de las pensiones de la entidad en liquidación.
Decreto 2853 de 2006 →Vigente
Artículo 21
Decreto 2853 de 2006 · por el cual se suprime la Administración Postal Nacional, Adpostal, y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.