Las fuentes principales del patrimonio y renta de la Corporación son las siguientes:
Las sumas recaudadas por concepto del impuesto predial prevista en el artículo doce de esta Ley.
Las partidas o aportes que con destino a la Corporación se prevean en el presupuesto del Departamento de Risaralda y en general en los presupuestos de los Municipios, de las entidades descentralizadas o de cualquiera otra entidad pública.
Los recursos especiales que establezcan leyes, ordenanzas o acuerdos.
Los auxilios o donaciones que reciba de entidades o personas públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Los derechos o tasas que pueda percibir por la prestación y venta de servicios.
Las sumas que reciba por contratos de prestación de servicios.
El producto de las multas que imponga.
El producto o rendimiento de su patrimonio o de la enajenación de sus bienes.
Los recursos provenientes del crédito interno o externo.
Los demás bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título.
Para el manejo de estos recursos la Corporación podrá adquirir y enajenar bienes muebles o inmuebles, tomar dinero en préstamo tanto en el interior como en el exterior, constituir garantías de sus obligaciones sobre bienes que posea, recibir e incorporar a su patrimonio donaciones y legados, celebrar toda clase de contratos para la realización de sus fines, y en general, efectuar todos los actos convenientes para la correcta administración de su patrimonio.