Los Interesados, O Quienes Representen Sus Derechos, Deberán Presentar La Solicitud De Exención Junto Con Las Pruebas Necesarias A Las Secretarías De Agricultura Del Respectivo Departamento
Decreto 9 de 1958 · Por el cual se autoriza a algunos Gobernadores para conceder una exención de impuestos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los interesados, o quienes representen sus derechos, deberán presentar la solicitud de exención junto con las pruebas necesarias a las Secretarías de Agricultura del respectivo Departamento.
Parágrafo
Todas las diligencias conducentes al logro de la exención prevista en este Decreto, no requerirán gestión de abogado, y la actuación se adelantará, en papel común.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.