Artículo segundo . Para los efectos del artículo anterior, los interesados deberán presentar a la correspondiente Alcaldía una solicitud de licencia acompañada de los siguientes documentos: a). Efecto de división de la división de la propiedad; b). Tres copias de los planos arquitectónicos del edificio; c). Tres copias de una memoria descriptiva del edificio, en la cual se determine su ubicación, nomenclatura, especificaciones detalladas de la construcción, y las condiciones de seguridad y salubridad; d). Tres copias del plano del edificio, que muestre la localización, lindero, nomenclatura y área de cada uno de los pisos o departamentos en que se proyecta dividir la propiedad, los cuales serán totalmente independientes entre si, y finalmente, las áreas de uso común; las áreas se incluirán en un cuadro, y se determinarán en metros cuadrados; e). Tres copias del proyecto de reglamento de copropiedad; f). Certificado de paz y salvo con el Tesoro Municipal.
Aprobados los documentos señalados en el presente artículo, la alcaldía devolverá a los solicitantes dos copias de los planos, las especificaciones y el reglamento de copropiedad y les expedirá la licencia de construcción si fuere este el caso.