Las Ligas o Asociaciones de radioaficionados podrán utilizar temporalmente los prefijos 5J y 5K asignados internacionalmente a Colombia, en los eventos o certámenes especiales, previa autorización del Ministerio de Comunicaciones, por el término de duración de los mismos.
Parágrafo
Los cayos colombianos y territorios insulares tendrán los prefijos permanentes otorgados por el Ministerio de Comunicaciones.