Micelio

Artículo 5

°

Decreto 388 de 1899 · Sobre establecimiento de una Oficina encargada de recaudar los derechos de importación, y de inspeccionar las exportaciones, en el territorio del Caquetá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° La Junta de reconocimiento de las mercaderías la compondrán el Administrador-Contador, el Fiel de la Balanza y el Jefe del Resguardo, mencionados en el artículo 3.°

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 388 de 1899