° Hácense las siguientes aclaraciones al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia de 1978. Programa 03. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. Artículo 03. Construcción de otras carreteras. Proyecto 2. La leyenda correcta es: Puerto Berrío-Remedios y otras (Antioquia). Artículo 04. Construcción de otras carreteras. Proyecto 23. La leyenda correcta es: La Ceiba-Guacamaya. Programa 04. Plan de pavimentación de carreteras nacionales. Artículo 05. Plan de pavimentación Programa BIRF-680. Proyecto 5. La leyenda correcta es: Grupo trece (Barranquilla-Ponedera-Calamar-Carreto). Programa 11. Obras hidráulicas, transporte marítimo y fluvial. Artículo 37. Mantenimiento, construcción y reconstrucción de equipo. Proyecto 5. La leyenda correcta es: Mantenimiento vehículos y motores fuera de borda.
Decreto 661 de 1978 →Vigente
Artículo 1
Hácense Las Siguientes Aclaraciones Al Presupuesto De Ingresos Y Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia De 1978
Decreto 661 de 1978 · Por el cual se hacen unas aclaraciones al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1978
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.