º. A partir del 1° de enero de 2012, la remuneración mensual de los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar será la siguiente
Para los siguientes empleos del Consejo Superior de la Judicatura, incluida la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado: Denominación del cargo Remuneración Mensual Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial 8.067.115 Magistrado Auxiliar 8.067.115 Secretario General 8.011.474 Secretario Judicial del Consejo Superior de la Judicatura 8.011.474 Jefe de Control Interno 7.574.446 Director Administrativo 7.574.446 Director de Planeación 7.574.446 Director Registro Nacional de Abogados 7.574.446 Director de Unidad 7.574.446 Director Administrativo y de Seccional de Administración Judicial 5.549.213 Secretario de Presidencia del Consejo de Estado 5.397.179 Secretario de Sala o Sección 5.397.179 Relator 5.397.179 Contador Liquidador de Impuestos del Consejo de Estado 4.511.697 Sustanciador del Consejo de Estado 4.511.697 Bibliotecólogo Consejo Superior de la Judicatura, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado 3.188.253 Oficial Mayor 3.114.422 Auxiliar de Magistrado 2.389.877 Auxiliar de Relatoría 2.389.877 Oficinista Judicial 1.964.660 Escribiente 1.964.660 Para los empleos que el Consejo Superior de la Judicatura estableció como equivalentes al cargo de Magistrado Auxiliar el reajuste de la remuneración mensual que venían percibiendo a 31 de diciembre de 2011 será de 5%.
Para los siguientes empleos de los Tribunales Judiciales, del Tribunal Superior Militar y de los Consejos Seccionales de la Judicatura: Denominación del cargo Remuneración mensual Magistrado de Tribunal Nacional de Orden Público 8.616.792 Magistrado de Tribunal y Consejo Seccional 8.067.115 Magistrado de Tribunal Superior Militar 8.067.115 Fiscal ante Tribunal Superior Militar 8.067.115 Abogado Asesor 5.397.179 Secretario de Tribunal y Consejo Seccional 3.710.551 Secretario de Tribunal Superior Militar 3.710.551 Relator 3.710.551 Sustanciador 2.389.877 Oficial Mayor 2.389.877 Bibliotecólogo de los Tribunales 2.365.481 Escribiente 1.724.337
Para los siguientes empleos de los Juzgados de Circuito, Especializado, Juzgados de Tribunal Penal Militar y Juzgados de Justicia Penal Militar: Denominación del Cargo Remuneración Mensual Juez Penal del Circuito Especializado 6.376.640 Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado 6.376.640 Juez de Dirección o de Inspección 6.376.640 Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección 6.376.640 Auditor de Guerra de Dirección o de Inspección 6.332.461 Auditor de Guerra de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 5.774.632 Juez del Circuito 5.722.936 Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana 5.722.936 Fiscal ante Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana 5.722.936 Auditor de Guerra de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 4.479.165 Fiscal ante Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 4.447.493 Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 4.447.493 Juez de Instrucción Penal Militar 4.447.493 Asistente Social Grado 1 2.544.099 Secretario 2.378.331 Oficial Mayor o Sustanciador 2.066.882 Asistente Social Grado 2 1.881.818 Escribiente 1.661.472
Para los siguientes empleos de los Juzgados Municipales: Denominación del Cargo Remuneración Mensual Juez Municipal 4.447.493 Secretario 2.150.698 Oficial Mayor 1.837.336 Sustanciador 1.837.336 Escribiente 1.224.015
Los servidores de la Justicia Penal Militar que se encuentran en la situación prevista en el artículo 3º del Decreto 1513 de 2000 tendrán derecho, a partir del 1° de enero de 2012, a un incremento de la remuneración que venían percibiendo a 31 de diciembre de 2011, ajustada en el cinco por ciento (5%).