° La prima que viene reconociendo la Empresa a los empleados que prestan sus servicios en las estaciones repetidoras seguirá siendo de un treinta y cinco por ciento (35%), liquidado sobre la categoría máxima del grupo correspondiente del escalafón.
Decreto 460 de 1984 →Vigente
Artículo 9
La Prima Que Viene Reconociendo La Empresa A Los Empleados Que Prestan Sus Servicios En Las Estaciones Repetidoras Seguirá Siendo De Un Treinta Y Cinco Por Ciento (35%), Liquidado Sobre La Categoría Máxima Del Grupo Correspondiente Del Escalafón
Decreto 460 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la empresa Nacional de Telecomunicaciones y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.