° A partir del 1° de agosto del presente año, suprímense los siguientes cargos en la Zona de Edificios Nacionales de Cundinamarca: Ingeniero de Construcción de la Clínica de Empleados y Obreros Nacionales y de la Penitenciaría Central de La Picota; Mecanógrafa y Cotizador de la Penitenciaría Central de La Picota.
Decreto 2288 de 1949 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Agosto Del Presente Año, Suprímense Los Siguientes Cargos En La Zona De Edificios Nacionales De Cundinamarca: Ingeniero De Construcción De La Clínica De Empleados Y Obreros Nacionales Y De La Penitenciaría Central De La Picota; Mecanógrafa Y Cotizador De La Penitenciaría Central De La Picota
Decreto 2288 de 1949 · Por el cual se suprimen unos cargos y se hace un nombramiento en el ramo de Edificios Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.