Micelio

Artículo 9.1.4.1.8

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aporte de recursos. De conformidad con el literal d) del artículo 295A del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, Fogafín podrá realizar aportes de recursos al establecimiento de crédito en liquidación con cargo a la reserva del seguro de depósitos, con el fin de que se procure equivalencia entre los activos y pasivos objeto del mecanismo de resolución. Fogafín establecerá, en cada caso, la operatividad y los activos con los que se realizará dicho aporte. Estos aportes realizados por Fogafín, podrán ser transferidos al establecimiento receptor de activos y pasivos, en cuyo caso se considerarán como un gasto de administración del establecimiento de crédito en liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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