Micelio

Artículo 1

Decreto 2702 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

Gastos de Administración, Auxilios y otros.

CAPITULO 109

Aportes, Participaciones, Indemnizaciones y Devoluciones.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CAPITULO 634

Ferrocarriles Nacionales.

204.

Al artículo 5436-C. Para rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales, de acuerdo con compromisos contractuales, en el año, así:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2702 de 1956