Afiliados al régimen subsidiado. Serán afiliados en el régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Todas aquellas personas vinculadas a la fuerza laboral como trabajadores independientes, sin vínculo contractual, legal o reglamentario y cuyos ingresos mensuales sean inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como su grupo familiar.
Todas aquellas personas sin capacidad de pago, así como su grupo familiar, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 144 del Decreto-ley 1298 de 1994 y demás disposiciones que los reglamenten.
Todas las personas sin capacidad de pago, vulnerables por su situación de salud y que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud defina como prioritarios.