Micelio

Artículo 6

Son Funciones Generales De Los Jefes De División: A) Dirigir, Coordinar Y Controlar Las Labores De Las Distintas Secciones De Su Respectiva División; B) Asistir Al Comité De Coordinación General; C) Cooperar Con El Director En El Cumplimiento De Las Funciones De La Dirección; D) Elaborar, Con Base En El Plan General De Trabajo Y De Acuerdo Con El Director, Los Programas Correspondientes A Su División; E) Estudiar, Preparar Y Recomendar Normas Técnicas Que Deban Implantarse En Orden A Lograr La Más Eficiente Ejecución, Operación Y Prestación De Servicios A Su Cargo; F) Asesorar En Los Asuntos Propios De Su División Al Director Del Ministerio; G) Estudiar Y Proponer Soluciones Para Los Asuntos Y Problemas Propios De Su División; H) Obtener, Actualizar Los Datos E Informaciones Necesarias Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones De Su División; I) Recibir Y Evaluar Los Informes Técnicos De Las Secciones De Su División Y Elaborar A Su Vez Informes Sobre Los Resultados Obtenidos Por La División A Su Cargo; J) Responder Ante El Director Por El Cumplimiento De Sus Funciones;

Decreto 934 de 1964 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 3267 de 20 de diciembre de 1963.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. son funciones generales de los jefes de División

a)

Dirigir, coordinar y controlar las labores de las distintas secciones de su respectiva División;

b)

Asistir al comité de coordinación general;

c)

Cooperar con el director en el cumplimiento de las funciones de la dirección;

d)

Elaborar, con base en el plan general de trabajo y de acuerdo con el director, los programas correspondientes a su División;

e)

Estudiar, preparar y recomendar normas técnicas que deban implantarse en orden a lograr la más eficiente ejecución, operación y prestación de servicios a su cargo;

f)

Asesorar en los asuntos propios de su división al director del ministerio;

g)

Estudiar y proponer soluciones para los asuntos y problemas propios de su división;

h)

Obtener, actualizar los datos e informaciones necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones de su división;

i)

Recibir y evaluar los informes técnicos de las secciones de su división y elaborar a su vez informes sobre los resultados obtenidos por la división a su cargo;

j)

Responder ante el director por el cumplimiento de sus funciones;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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